IFDP protege el derecho a la educación de joven con discapacidad, hijo de mujer militar en retiro

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  • La justicia federal determinó que excluirlo de una beca especial por la situación de retiro de su madre genera un trato discriminatorio

El Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) obtuvo una resolución favorable que protege el derecho a la educación de un joven con discapacidad intelectual (síndrome de Asperger), cuya madre pasó a situación de retiro de las Fuerzas Armadas. El caso permitió cuestionar la aplicación del artículo 138 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), al considerar que la exclusión de los hijos de militares en retiro de una beca especial puede generar un trato discriminatorio.

La resolución fue dictada por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, que determinó que la aplicación de dicha disposición en el caso concreto resultaba contraria a los principios de igualdad y no discriminación establecidos en el artículo 1° de la Constitución.

El joven había contado con el apoyo educativo mientras su madre se encontraba en servicio activo. Sin embargo, al pasar ella a situación de retiro, el beneficio dejó de estar disponible para él debido a la condición prevista en la norma. Ante esta situación, el IFDP brindó acompañamiento jurídico y planteó que el cambio en la situación laboral de la madre no podía convertirse en un obstáculo para que su hijo continuara ejerciendo su derecho a una educación inclusiva.

El órgano jurisdiccional consideró que la distinción aplicada por la autoridad no tenía una justificación objetiva y razonable en las circunstancias del caso y que producía un impacto especialmente relevante en una persona con discapacidad. Por ello, concedió la protección de la justicia federal y ordenó restituir el derecho afectado.

Como resultado, el joven podrá contar con la cobertura del 100 por ciento de su inscripción y colegiatura, de acuerdo con los alcances de la resolución judicial.

Para mayor información, contactar a la Secretaría Técnica de Vinculación con la Sociedad Ifdp_stvs@oaj.gob.mx

El caso muestra que una condición administrativa o laboral de una persona adulta no debe traducirse, por sí misma, en la pérdida de derechos de sus hijas e hijos, particularmente cuando se trata de personas con discapacidad que requieren medidas específicas para garantizar su inclusión educativa.

La defensa presentada por el IFDP puso en el centro los derechos a la igualdad, la no discriminación y la educación, así como la obligación de las autoridades de adoptar medidas que permitan a las personas con discapacidad ejercer sus derechos en condiciones de igualdad.

Esta sentencia resulta relevante para visibilizar las barreras que pueden enfrentar las personas con discapacidad para acceder y permanecer en el sistema educativo. El caso se suma al trabajo del IFDP para brindar defensa técnica y especializada a quienes enfrentan obstáculos para ejercer sus derechos.

Con esta resolución, el IFDP reafirma su compromiso con la defensa de las personas en situación de vulnerabilidad y con la eliminación de prácticas que puedan generar discriminación. La protección de los derechos humanos exige que ninguna persona vea limitado su acceso a la educación por una condición que, como en este caso, no debe convertirse en una barrera para continuar con sus estudios.