Aprueba IECM Modelo de Operación para la instrumentación del Voto Anticipado de personas con discapacidad y cuidadoras primarias

Electoral
  • Personas con discapacidad y cuidadoras primarias podrán ejercer su voto en la próxima elección desde su domicilio
  • La votación anticipada se realizará del 15 al 26 de mayo de 2027, previo a la Jornada Electoral del 6 de junio

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el Modelo de Operación para instrumentar el Voto Anticipado de personas con discapacidad y personas cuidadoras primarias durante el Proceso Electoral Local Ordinario (PELO) 2026-2027. Esta modalidad permitirá que quienes, por su condición o por las labores de cuidado que realizan, tienen dificultades para acudir a una casilla puedan ejercer su derecho al voto desde su domicilio.

El modelo contempla tres grupos de personas: quienes cuentan con una Credencial para Votar tramitada conforme al artículo 141 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); personas con discapacidad que no hayan realizado ese trámite, pero cumplan con los requisitos establecidos, y personas cuidadoras primarias cuyas labores de cuidado les dificulten o impidan acudir a votar.

Para incorporarse a la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado (LNEVA), las personas deberán estar inscritas en la Lista Nominal de Electores y contar con su Credencial para Votar que indique su imposibilidad física, a más tardar el 28 de enero de 2027. También deberán manifestar su intención de participar mediante la Solicitud Individual de Inscripción a la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado (SIILNEVA), cuya procedencia será determinada por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral (INE).

En el caso de las personas con discapacidad que no cuenten con credencialización prevista en el artículo 141 de la LGIPE, deberán presentar un certificado médico que acredite su imposibilidad para desplazarse, así como un formato de protesta de decir verdad. Por su parte, las personas cuidadoras primarias, deberán presentar un certificado médico de la persona que recibe los cuidados y el mismo formato de protesta de decir verdad.

La integración de la LNEVA es responsabilidad exclusiva del INE. Como parte de este proceso, del 5 al 11 de febrero de 2027 las Juntas Distritales Ejecutivas del INE realizarán visitas domiciliarias para invitar a las personas solicitantes a ejercer esta modalidad y, en su caso, recabar la documentación necesaria para su inscripción. El personal del IECM podrá acompañar estas visitas siempre que se cuente con la autorización del INE.

La jornada del Voto Anticipado se realizará del 15 al 26 de mayo de 2027, mediante boletas impresas que serán entregadas y recabadas en los domicilios de las personas que integren la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado Definitiva. Durante este periodo, personal designado por los Consejos Distritales del INE y del IECM nuevamente acudirá a los domicilios con la documentación y materiales necesarios para recabar el sufragio.

Para las elecciones locales, el IECM será responsable del diseño y producción de la documentación y los materiales electorales necesarios para la emisión, escrutinio y cómputo del Voto Anticipado, así como de su entrega oportuna al INE en las cantidades requeridas. Entre estos materiales, se contemplan las mamparas especiales, sello “X”, lupa tipo Fresnel, así como la documentación electoral para el escrutinio y cómputo y las boletas para las elecciones de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México y de Alcaldías, así como instructivos para la emisión del Voto Anticipado.

Conforme al Modelo de Operación el 6 de junio de 2027, día de la Jornada Electoral, se realizará el escrutinio y cómputo de los votos anticipados. Las Mesas de Escrutinio y Cómputo del Voto Anticipado se instalarán a las 17:00 horas y comenzarán sus actividades a las 18:00 horas. Los resultados de las elecciones locales se incorporarán a los cómputos correspondientes.