Sala Superior ordena al INE ajustar lineamientos para declarar inválidas las boletas sin marcas de doblez (“planchadas”)

Electoral
  • Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF ordena revocar lineamientos del INE para la Preparación y Desarrollo de los Cómputos Electorales para el proceso 2026-2027.
  • La emisión del voto comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. Una “boleta planchada”, o sin marcas de doblez, impide vincular la boleta con un sufragio emitido.

Ante la impugnación, por varios actores, de los Lineamientos del INE sobre cómputos del proceso electoral federal 2026-2027, en el SUP-JDC-473/2026, se considera incorrecto computar las boletas sin marcas de doblez, conocidas como “boletas planchadas”.

La emisión del voto comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. Por ello, la ausencia de esas marcas impide vincular objetivamente la boleta con un sufragio emitido conforme al procedimiento previsto en la ley.

La determinación sobre boletas sin doblez corresponde por regla general a los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla y, excepcionalmente, a los Consejos Distritales, al realizar recuentos parciales o totales.

En consecuencia, la Sala Superior revocó parcialmente el acuerdo impugnado y ordena al INE modificar los lineamentos antes citados, a fin de establecer que, cuando se acredite la existencia de boletas sin las marcas de doblez, estas no deberán contarse como parte de la votación y se conservarán separadas de las que integren la votación computada.

La certeza en la contabilidad de las boletas electorales es la piedra angular de nuestro sistema electoral y no puede haber la más mínima duda respecto de qué y cómo se cuentan. (SUP-JDC-473/2026 y acumulados)