Javier Divany Bárcenas
La Cámara de Diputados recibió de la Secretaría de Gobernación, la propuesta de iniciativa que envió la presidencia Claudia Sheinbaum, con 10 puntos principales, entre los se encuentra la reducción del número de senadores, se prohíbe el uso de efectivo en campañas o recibir recursos del extranjero, así como se transforma la manera de elegir a los plurinominales.
En punto de las 2:33 de este miércoles, la presidenta de la Mesa Directiva, Kenía López Rabadán, firmó de recibido el documento que llegó de la Secretaría de Gobernación, y casi una hora después en el Pleno de San Lázaro hiso el aviso oficial de recibimiento.
Entre las propuestas de reforma que envió Claudia Sheinbaum, está la modificación para elegir a los plurinominales, quienes ahora deberán trabajar en territorio, como cualquier candidato, y dependerá del resultado su espacio como pluri.
Además, se eliminan 32 senadores de 128 para que solo queden 96 representantes en la Cámara Alta.
Otro de los cambios, es el de hacer elecciones más baratas, por lo que se reduciría hasta en un 25 por ciento el presupuesto a los partidos políticos, mientras que al Instituto Nacional Electoral se reduciría los sueldos.
En el caso del PREP, no desaparece, pero este se optimizaría, para dar mejores resultados en las elecciones durante el conteo rápido.
Además, re confirma “NO” al nepotismo electoral, se prohibiría a los esposos hijos o hermanos hereden el cargo del gobernante; asimismo, no a la reelección o forma consecutiva de continuar con el cargo a cualquier cargo público.
En el caso de los mexicanos en el extranjero, se les daría más espacio a los diputados migrantes, de 5 a 8 curules.
No se permitirá el dinero en efectivo, ahora todo el dinero de las campañas debe ser rastreable, se prohíbe el efectivo y se revisará todas las cuentas, los pagos deben ser en sistema electrónico o transferencias.
Se prohíbe usar inteligencia artificial para engañar a los votantes o usar granjas de bots para atacar; se reducen los comerciales en radio y televisión hasta un 50 por ciento; habrá consultas obligatorias para la revocación de mandato y no al financiamiento del extranjero.
La ley dice: “Los partidos políticos y las personas pre candidatas o candidatas tienen prohibido recibir o ejercer para sus actividades o campañas, electorales, gastos, aportaciones donaciones o cualquier otro tipo de recurso o especie que provenga de algún gobierno, fondo de inversión u organismo extranjero, personas físicas o moral extranjera o de persona que residan fuera del territorio nacional”.
“Se reducen en 50 por ciento las campañas en radio, como en televisión, se destinará a los fines propios de las autoridades electorales y el resto a la difusión de mensajes genéricos de los partidos políticos, conforme a lo que establece la ley”.
“Todo contenido relacionado a los procesos electorales que se ha modificado o alterado mediante el uso de inteligencia artificial, o cualquier otra tecnología deberá estar etiquetado por su emisor para su identificación, en los términos que establece la ley”.
“Las personas concesionarias de radio o televisión, así como las plataformas de servicios digitales, serán responsables de identificar evitar la difusión y advertir sobre contenidos no etiquetados”.
“Los ingresos, egresos y demás operaciones financieras, incluyendo valores, divisas y efectivo virtuales, así como de efectivo seguro y fianzas, la compraventa de bienes o demás activos de los partidos políticos, nacionales y locales de las personas pre candidatas o candidatas, incluyendo a los independientes, deberán ser reportados o avisados, cotidianamente en exclusivo para fines de fiscalización, por las instituciones, organismos y organizaciones del sistema financiero o por las personas que realizan actividades vulnerables, según corresponda al Instituto Nacional Electoral, a través de los respectivos órganos supervisores, en los términos que establece la ley”.
“Queda prohibido a los partidos políticos, pre candidaturas, candidaturas y candidaturas independientes, financiarse u operar con recursos bienes, esos servicios provenientes de actividades ilícitas”.
“Toda aportación privadas deberá realizarse por persona física mexicana, y, entendiendo a las normas que debida diligencia e identificación, no podrán hacerse aportaciones en efectivo”.
“Las aportaciones de recursos monetarios deberán realizarse a través del sistema financiero nacional, mediante transferencias electrónicas, el sistema de pagos electrónicos, interbancarios o instrumentos financieros normativos. Estas aportaciones no son deducibles para efectos fiscales”.
“Las instituciones, organismos y organizaciones del sistema financiero nacional, deberán reportar para fines de fiscalización, estas transacciones al Instituto nacional electoral, a través de los órganos reguladores, en los términos que fije la ley”.
“Para la elección de los 200 diputados y diputados, según el principio de representación proporcional, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país conformadas de acuerdo con el principio de paridad y encabezadas, alternadamente entre mujeres y hombres.
“La elección de los 200 diputaciones, según el principio de representación proporcional, se ajustará a lo siguiente: 100 que no obtuvieron el triunfo en el distrito, en el que participaron ordenados, porcentualmente de manera decreciente conforme a la votación distrital, válida, emitida de su propio partido, en esa misma elección, y 100 por votación directa en cinco inscripciones regionales, en donde se integrarán las diputaciones electas por las ciudadanas y ciudadanas MEXICANOS residentes en el extranjero”.
“La asignación de las 200 diputaciones serán alternadas de acuerdo al inciso A y B (de la ley) iniciará con la relación del sistema de personas que no habían obtenido el triunfo pero obtuvieron los mejores porcentajes de votación, distrital, emitidas de su partido político por circunscripción alternada con el sistema de mayor porcentaje de votación, individual correspondiente.
“Las diputaciones elegidas por la ciudadana y los ciudadanos que residen fuera del territorio nacional, se asignarán al partido político que corresponda en cada inscripción, iniciando por aquella en la que el partido haya obtenido un mayor porcentaje de votación”.


