- A la familia se le impidió a finales de agosto la entrada a la prisión tras haber recorrido al menos 350 km que separan a su vivienda del centro penitenciario.
MADRID.- El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) denunció ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que el régimen mantiene el impedimento de visita al preso político y de conciencia Walnier Luis Aguilar Rivera por parte de su familia.
La familia continúa enfrentando la negativa de las autoridades penitenciarias para visitar a Walnier, recluido en Sancti Spíritus. El pasado 28 de agosto, su padre denunció que, después de trasladarse desde La Habana hasta la prisión y permanecer durante horas esperando, las autoridades le comunicaron que la visita no procedería y que debía coordinarla previamente con la Seguridad del Estado (policía política), sin darle más detalles.
Aquella negativa no fue un hecho aislado. Confirma la continuidad de las restricciones al contacto familiar que el OCDH ha venido documentando en el caso de Walnier y el trato diferenciado que reciben él y su familia. Esto forma parte de un esquema de incremento del hostigamiento contra aquellos familiares de presos políticos que exigen justicia y denuncian la situación de estos en las cárceles. La propia CIDH, cuando otorgó medidas cautelares a Walnier en 2022, recogió que sus familiares enfrentaban obstáculos para comunicarse con él en las mismas condiciones que otras personas privadas de libertad.
La Ley 152/2022, de Ejecución Penal, reconoce expresamente a las personas privadas de libertad el derecho a recibir visitas familiares.
Una visita no puede quedar condicionada a una prohibición arbitraria, ni por parte del sistema penitenciario ni de la Seguridad del Estado: cualquier restricción debe tener fundamento legal, responder a una causa objetiva —nunca violatoria de un derecho humano o fundamental— y ser decidida por la autoridad penitenciaria competente mediante el procedimiento establecido.
Si una medida disciplinaria limita específicamente la visita familiar, debe notificarse previamente al recluso y la autoridad penitenciaria debe comunicar la afectación al familiar, como establece el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Ejecución. Además, el recluso puede reclamar contra la medida disciplinaria según el artículo 71 de este reglamento en referencia.
Por ello, resulta especialmente grave que las autoridades penitenciarias, sin aviso previo y justo en el momento de la visita, invoquen una supuesta coordinación con la Seguridad del Estado para impedir el contacto entre Walnier y su familia. La Seguridad del Estado no puede convertir las visitas penitenciarias en un instrumento de control político sobre el preso y sus familiares. Cualquier limitación debe responder a las causas previstas legalmente, sustentarse en hechos objetivos y quedar sometida a los mecanismos de reclamación establecidos por el ordenamiento jurídico.
Tampoco resulta admisible comunicar la negativa cuando la familia ya recorrió cientos de kilómetros para llegar al establecimiento penitenciario. Obligar a los familiares a asumir gastos, dificultades de transporte y horas de desplazamiento para comunicarles finalmente que no podrán ver al recluso añade una carga innecesaria y especialmente gravosa en las actuales condiciones económicas de Cuba.
El contexto refuerza la gravedad de estos hechos. Walnier mantiene sus convicciones desde su encarcelamiento por las protestas del 11 y 12 de julio de 2021, mientras su padre continúa denunciando públicamente las violaciones de derechos humanos que afectan a su hijo. La CIDH otorgó en 2025 medidas cautelares a Luis Wilber Aguilar Bravo y su familia, después de documentar denuncias de vigilancia, detenciones, amenazas y restricciones vinculadas a sus actividades de protesta y denuncia. La Comisión solicitó expresamente al Estado cubano que garantizara que pudiera desarrollar sus actividades de defensa de los derechos humanos sin amenazas, hostigamientos ni violencia.
El OCDH denuncia el patrón de restricciones y trato diferenciado que afecta a Walnier Luis Aguilar Rivera y a su familia, y exige su cese inmediato. Exige al Ministerio del Interior garantizar sus visitas y comunicaciones familiares, poner fin a cualquier intervención extrapenitenciaria dirigida a condicionar ese derecho y abstenerse de utilizar las condiciones de reclusión y los vínculos familiares como instrumentos de presión o castigo frente a las denuncias públicas de Walnier y de su padre.
Asimismo, el OCDH recuerda al Estado cubano que tanto Walnier como su padre, Wilber, y miembros de su familia cuentan con medidas cautelares de la CIDH, cuyo propósito exige precisamente evitar la repetición y continuidad de los hechos de riesgo que motivaron su otorgamiento.


