Garantizarán obligaciones contraídas antes de cambio de identidad de género

Metrópoli
  • La expedición de una nueva acta de nacimiento no extingue derechos y obligaciones contraídos antes de este tipo de procedimiento

El Congreso capitalino aprobó el dictamen a la iniciativa ante el Congreso de la Unión para adicionar un párrafo tercero al artículo 40 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, promovida por la diputada Valentina Valia Batres Guadarrama (MORENA).

Al subir a tribuna, la legisladora Jannete Elizabeth Guerrero Maya (PT) comentó que esta reforma responde a una preocupación legítima, evitar que el procedimiento de reconocimiento de identidad de género o de reasignación por concordancia sexo genérica sea utilizado de forma inadecuada y afecte una lucha que lleva años.

En este sentido, dijo que debe evitarse que se utilice en contra de las infancias o personas a quien se deba justicia y protección, por lo que se armoniza la protección de identidad de género con el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Explicó que la modificación establece que la expedición de una nueva acta de nacimiento no extingue ni modifica los derechos y obligaciones contraídos con anterioridad a los procedimientos de reconocimiento en comento, incluidos los provenientes del derecho de familia en todos sus órdenes y grados.