SCJN atrae caso Birkenbach

Nacional
  • Atrae la SCJN amparo que dicta visitas al penal de los menores hijos de Ángela Birkenbach a su padre imputado por el feminicidio de la madre.
  • La intervención de la Corte podría sentar un precedente nacional sobre criterios salvaguardas que deben regir las visitas y convivencias menores víctimas indirectas de feminicidio, al padre privado de la libertad e imputado por delitos de violencia extrema contra la madre.

GUADALAJARA, Jal.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción con respecto al amparo en revisión 284/2026 del Quinto Tribunal Colegiado en materia Civil del Tercer Circuito. El amparo en revisión otorga un régimen de visitas de los menores hijos de Ángela Birkenbach, a su padre Sergio N, quien está privado de la libertad en el penal de Tepic Nayarit, por su presunta autoría intelectual en el feminicidio de su madre.

La revisión solicita que se suspendan estas visitas de los menores, víctimas indirectas del feminicidio, mientras no haya un dictamen psicológico que muestre evidencia de que las convivencias con el presunto autor intelectual del feminicidio de la mamá, no son perjudiciales y se compruebe que no exista un riesgo de afectarles irreparablemente, de lo contrario, no debería ser posible sostenerlas.

Además de que uno de los menores hijos de Ángela y su presunto feminicida, es testigo de cargo de la Fiscalía de Nayarit, en el juicio al que tendrá que acudir su padre, Sergio N. por lo que no es compatible que un testigo tenga contacto directo con el imputado.

Así que fueron los Ministros de la Corte quienes sí vieron lo que el Juez Tercero de Distrito, Óscar Arturo Murguía Mesina, no quiso ver, por lo que, al votar por ejercer la facultad de atracción del expediente, el Ministro Arístides Guerrero García, expresó que el expediente en votación, si reviste un interés de relevancia Constitucional:

  • “Ya que si bien, existe jurisprudencia sobre el interés superior de la niñez y perspectiva de género, que puede guiar la determinación de un régimen de convivencias idóneos en el caso, en específico, derivado de un contexto de violencia feminicida que revela el caso, consideramos que tiene relevancia jurídico-social especial por lo que podría sentar un precedente para otros asuntos vinculados con el feminicidio de la madre y la adopción de visitas entre hijos e hijas con el padre señalado como responsable de ese delito y son los motivos por los cuales, sin pronunciarme sobre el fondo del asunto consideramos que sí se debe ejercer ( la atracción)”-

Asimismo, el Ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía al ejercer su voto en favor de la atracción del asunto, manifestó que

  • “Ello nos permitiría generar un criterio novedoso en torno al estándar que debe atenderse para determinar si las personas menores de edad están en posibilidad de convivir con sus progenitores al interior de un centro penitenciario, y en su caso, las salvaguardas que deben acogerse para evitar un riesgo en su integridad, tanto física, como psicológica”-

Sin más consideraciones los Ministros de la SCJN en sesión de Pleno aprobaron por unanimidad ejercer la facultad de atracción del asunto.

La familia de Ángela promovió la revisión del amparo, pues es increíble que el Juez Tercero de Distrito, Óscar Arturo Murguía Mesina, no observara las contradicciones, así como los daños irreversibles que esto puede causar en la salud emocional y mental de los menores, pues antes que la presunción de inocencia del imputado está el interés superior de la niñez.

La familia de Ángela ha dicho en reiteradas ocasiones que los menores han sido psicológicamente manipulados al permanecer bajo los cuidados de la familia del presunto feminicida intelectual, y sistemáticamente revictimizados pues la violencia feminicida se perpetúa en estos actos permisivos de las autoridades judiciales de Jalisco.