La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno inhabilitó a las empresas Fedang de México, S.A. de C.V., Ifaser, S.A. de C.V. y al C. Roy González Padilla, para participar, por sí o mediante intermediarios, en procedimientos de contratación o celebrar contratos con la Administración Pública Federal.
En el caso de la empresa Fedang de México, el Órgano Interno de Control (OIC) en el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, la sancionó con una multa de 1 millón 389 mil 110 pesos y una inhabilitación por 30 meses, porque actuó con dolo durante la vigencia del contrato número SAE/00067/2020, celebrado para la prestación del “Servicio integral de identificación, supervisión de transferencia jurídica y destrucción de vehículos susceptibles de incluirse en el programa de chatarrización INDEP-SCT”; toda vez que, conociendo sus obligaciones, los requisitos y procedimientos que debía cumplir para la prestación de los servicios y la obtención de los pagos, solicitó el pago de dos facturas por conducto de un servidor público que no era el administrador del contrato, pese a haber incumplido con lo establecido en este. La notificación de la sanción fue realizada el 13 de agosto de 2026 y fue publicada el 31 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Por otro lado, el OIC en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros, sancionó a la empresa Ifaser con una multa de 134 mil 708 pesos y una inhabilitación por 3 meses, debido a que proporcionó información falsa al participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-06G3A001-E5-2022, para la contratación del “Servicio de mantenimiento a equipos e instalaciones de la CONDUSEF para el ejercicio fiscal 2022”, consistente en un certificado de antecedentes académicos y una constancia, supuestamente emitidos por el Instituto Politécnico Nacional y el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco, respectivamente. La notificación de la sanción fue realizada el 25 de agosto de 2026 y fue publicada el 2 de septiembre en el DOF.
Finalmente, el OIC en la Lotería Nacional, sancionó al C. Roy González Padilla, con una multa de 144 mil 330 pesos y una inhabilitación por 3 meses, por proporcionar información falsa al participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006HJY001-E129-2022, para la contratación del “Servicio de Monitoreo en Medios Masivos (Internet y Redes Sociales) de Lotería Nacional”; consistente en la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, y la constancia de situación fiscal en materia de obligaciones fiscales relativa a las aportaciones patronales y entero de descuentos, supuestamente emitidas por el Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, respectivamente. La notificación de la sanción fue realizada el 15 de octubre de 2024 y su publicación apareció el pasado 3 de septiembre en el DOF.
Las referidas personas ya fueron inscritas en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, lo que les impide participar en nuevas contrataciones con el Gobierno de México.
Las medidas se emitieron conforme a la ley y considerando los criterios de proporcionalidad y gravedad de la falta. Las empresas tienen derecho a impugnar las resoluciones emitidas y, dado el caso, la Secretaría defenderá con firmeza las sanciones, por haber sido impuestas con apego a derecho y en protección del interés público.
Con estas acciones, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno refrenda su compromiso con la legalidad y la integridad de las compras públicas. Engañar para celebrar contratos públicos tiene consecuencias.
Consulta las actualizaciones del Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados en: https://directoriosancionados.buengobierno.gob.mx/


