Eligen a Raúl Bolaños-Cacho Cué (PVEM) como presidente de la Cámara de Diputados para el tercer año de la LXVI Legislatura

Política

En Sesión Preparatoria, el diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (PVEM) rindió protesta como presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para el tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura, luego de ser electo por el Pleno con mayoría calificada de 432 votos a favor, uno en contra y 10 abstenciones.

Al asumir el cargo, el diputado Raúl Bolaños declaró legalmente instalada la Cámara de Diputados para funcionar durante el primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.

Enseguida, tomó protesta a quienes conformarán la Mesa Directiva. La primera vicepresidencia estará a cargo del diputado Sergio Gutiérrez Luna (Morena), la segunda la ocupará la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (PAN) y en la tercera vicepresidencia, la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz (PVEM).

Las diputadas y los diputados secretarias y secretarios electos fueron: Julieta Villalpando Riquelme (Morena), Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (PAN), Felipe Miguel Delgado Carrillo (PVEM), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (PT), Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel (PRI) y Laura Iraís Ballesteros Mancilla (MC).

El acuerdo de los grupos parlamentarios, relativo a la propuesta para la elección de las y los integrantes de la Mesa Directiva, precisa que el numeral 7 del artículo 17 de la Ley Orgánica del Congreso General establece que, para la elección de la Mesa Directiva correspondiente al segundo y tercer año de ejercicio de la Legislatura, se garantizará que la presidencia de ésta recaiga, en orden decreciente, en una persona integrante de los dos grupos parlamentarios con mayor número de diputados que no la hayan ejercido.

Además, el artículo 17, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General señala que la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados será electa por el Pleno y se integrará por una presidencia, tres vicepresidencias y una secretaría propuesta por cada grupo parlamentario, pudiendo optar este último por no ejercer dicho derecho. Los integrantes de la Mesa Directiva durarán en sus funciones un año y podrán ser reelectos.

Mientras que los numerales 2 y 3 del artículo 17, estipulan que la elección de la Mesa Directiva se realizará por el voto de las dos terceras partes de las y los diputados presentes, mediante una lista que contenga los nombres de las personas propuestas con sus respectivos cargos, por cédula o utilizando el sistema de votación electrónica.

En tanto, el numeral 4 del artículo 17 de la citada Ley establece que los grupos parlamentarios postularán a quienes deban integrar la Mesa Directiva, cuidando que las personas candidatas cuenten con una trayectoria y comportamiento que acredite prudencia, tolerancia y respeto en la convivencia, así como experiencia en la conducción de asambleas, como lo señala el artículo 18 de la Ley.