Urgente fortalecer el Código Penal Federal para prevenir y erradicar la “revictimización” de las mujeres

Política

•          Sólo cuatro de 32 entidades, han legislado en la materia: Colima, Oaxaca, Ciudad de México y el Estado de México; impostergable terminar con filtración y difusión de datos e imágenes de víctimas de feminicidio o violencia.

•          Necesario adicionar el artículo 225 Bis del Código Penal Federal con penas de seis a 10 años de prisión e incrementar la sanción un 50 por ciento, cuando las víctimas son mujeres, adolescentes o niñas.

•          En México, 5 de cada 10 feminicidios quedan impunes; 2 mil 180 mujeres han sido asesinadas en lo que va de 2021.

Laura Imelda Pérez Segura, Diputada Federal por MORENA, urgió a discutir y, en su caso, aprobar la adición propuesta de un Artículo 225 Bis al Código Penal Federal, a fin de prevenir y erradicar la “revictimización” de quienes sufren violencia física o sexual en todo el territorio nacional.

Dijo que, si bien hay un avance en la legislación local de cuatro de 32 entidades del país, aún falta mucho por hacer para contar, en todo México, con una norma que desaliente o sancione a quien o quienes expongan —por cualquier medio— imágenes, audios, videos, documentos o información de víctimas de este tipo de vejaciones, de cadáveres o de las circunstancias de la muerte.

Entre 2020 y 2021, precisó que, solamente los Congresos de Colima, Oaxaca, Ciudad de México y el Estado de México, actualizaron su norma penal para combatir la “revictimización”, pero nada se ha hecho a nivel federal para atender el problema.

La legisladora recordó que hay iniciativas inscritas, pero siguen pendientes de ser analizadas en comisiones de la Cámara de Diputados, con la finalidad de ser turnadas al pleno para su discusión, aprobación e inmediata entrada en vigor.

Laura Imelda Pérez Segura, representante popular por el Distrito 16 con cabecera en San Pedro Tlaquepaque, consideró que “la violencia contra la mujer debe atenderse desde la política pública, a fin de prevenirla y erradicarla; por otro lado, es inminente la necesidad de un esquema de procuración de justicia con perspectiva de género que evite que la impunidad prevalezca”.

En este sentido, señaló que los esfuerzos de algunas autoridades estatales han tenido frutos, como es el caso de la Ciudad de México, donde derivado de la implementación de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, se ha reducido el delito de feminicidio, en 25 por ciento del 2018 al 2021.

Sin embargo, es necesario conjuntar esfuerzos y desde el Poder Legislativo contribuir con leyes y disposiciones que permitan fortalecer la procuración de justicia en esta materia.

“En México —agregó— sólo cinco de cada 10 feminicidios son castigados, como evidencia el Estudio de Impunidad en Homicidio Doloso y Feminicidio en México, de 2019”.

Información del Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), dimensiona este problema: “2 mil 180 mujeres han sido asesinadas en lo que va de 2021, de las cuales mil 616 fueron víctimas de homicidio doloso y 564 de feminicidio. Lo que se traduce en más de 10 mujeres asesinadas al día y la tendencia histórica nacional refleja un aumento sustantivo”.

“La revictimización”, atajó la diputada federal, es una de las causas por las cuales el Estado mexicano presenta una ineficacia en la implementación de procesos judiciales que garanticen el acceso a la justicia de las mujeres.

Una forma en que la “revictimización” se manifiesta es a través de la filtración y difusión de imágenes sensibles de mujeres asesinadas por parte de funcionarios públicos o personas que dañan el debido proceso y atentan contra la dignidad, intimidad e identidad de la víctima, denunció al recordar el caso de Ingrid Escamilla Vargas, en febrero de 2020.

Es por ello, consideró, la urgencia de que la Cámara de Diputados retome las iniciativas presentadas para adicionar el artículo 225 Bis al Código Penal Federal.

Recordó que hay varias iniciativas propuestas, pero la que ella inscribió plantea una pena de seis a 10 años de prisión y una multa de 100 a 300 Unidades de Medida y Actualización, al que por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, fotografíe, videograve, audiograve, entregue, comparta, revele, envíe, exponga, transmita, difunda, publique, distribuya, comercialice o intercambie imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos, del hallazgo, indicios o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres o parte de ellos o de las circunstancias de la muerte.

Además, las sanciones previstas en el párrafo anterior se incrementen hasta en un 50 por ciento cuando se trate de casos de mujeres, adolescentes o niñas.

La legisladora de Tlaquepaque, Jalisco, refrendó así su compromiso para impulsar acciones legislativas en defensa y salvaguarda de los derechos de quienes integren grupos históricamente vulnerados, como las mujeres y las y los menores de edad, sin menoscabo de su origen, condición económica o social.