Presentan la SEMOVI y SSC cambios al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México

Metrópoli

Con la finalidad de que el programa Fotocívicas esté listo para iniciar su operación el próximo 22 de abril, esta tarde, en conferencia de prensa, el Secretario de Movilidad, Andrés Lajous, presentó los nuevos cambios al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México junto con Fernanda Rivera, Directora General de Seguridad Vial y Sistemas de Movilidad Urbana Sustentable; Natalia Rivera, Directora de Seguridad Vial y Seguimiento de la Información (ambas, funcionarias de SEMOVI); así como Luis Ruiz, Director General de Ingeniería de Tránsito; y Oswaldo Llort, Director General de Aplicación de Normatividad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

El documento, también disponible en la Gaceta Oficial, presenta nuevos conceptos como “equipo electrónico”, “sistema tecnológico”, y “penalización por puntos en la matrícula”, que permitirán aplicar el nuevo esquema de sanciones cívicas para personas físicas que utilizan vehículos automotores con registro en la capital del país.

Asimismo, el titular de la SEMOVI, Andrés Lajous, recordó que todas las licencias de manejo cuentan con diez puntos y cada infracción registrada por las cámaras de la ciudad restará un punto (excepto las que rebasen los límites de velocidad hasta un 40%; en ese caso se perderán 5 puntos). Al perder el tercer punto, los dueños de los vehículos deberán hacer un curso básico en línea. Perder el cuarto punto tendrá como sanción un curso intermedio en línea y, a partir de la quinta infracción, deberán realizar horas de servicio en favor de la comunidad, según lo dispuesto en la Ley de Cultura Cívica.

Algunos de los comportamientos contemplados en las tablas de sanciones que incluyen penalización por puntos a la matrícula son: preferencia de paso y prioridad de uso de los peatones (Art. 6), circular en sentido contrario (Art. 8), conducir con personas o animales entre las piernas o dispositivos electrónicos que distraigan al conductor (art 38), así como exceso de velocidad (Art. 9), entre otros.

Para revalorizar las placas vehiculares de la Ciudad de México, en zonas donde existan parquímetros, no se aplicarán inmovilizadores a vehículos que incumplan en reglamento de tránsito: sólo se les multará conforme a lo dispuesto en la ley. Para quienes cuentan con placas de otros estados sí se colocarán estos inmovilizadores y, para ser liberados, deberán pagar todas las multas anteriores que no hayan sido acreditadas por los conductores.

Por otra parte, se reclasificaron algunas vialidades primarias, cuyas características físicas les hacen asemejarse más a vías de acceso controlado (carriles centrales y laterales y camellones divisores) como lo son Insurgentes Sur en su tramo de Eje 10 hasta su entronque con Anillo Periférico o Eje Central, de La Raza a los límites con el Estado de México.

 

Cabe mencionar que los límites de velocidad no presentan modificaciones, por lo que el límite de velocidad en vías de acceso es de hasta 80 km/h, mientras que, en vialidades primarias, secundarias y en zonas escolares la velocidad máxima es de 50 km/h, 40 km/h y 20 km/h, respectivamente. Al respecto, el Secretario de Movilidad, Andrés Lajous, comentó que “en una zona urbana donde el viaje promedio tiene una longitud de 8 km, es difícil justificar por qué ir a más de 112 km por hora.” Finalmente, también se modificó la definición de vehículos no motorizados, los cuales se definen como aquellos que pueden ser movidos por impulso humano o eléctrico; en este último caso, la velocidad máxima que podrán alcanzar con asistencia es de 25 km/h.

Para consultar todos los cambios al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, puede hacerlo en: https://bit.ly/2Wca4aF o puede consultar la presentación ejecutiva en: https://bit.ly/2WaDR3q