Presenta Frida Esparza salario mínimo vital de subsistencia en Zacatecas ante pandemia

Nacional

La diputada federal Frida Esparza Márquez envió al Congreso de Zacatecas un paquete de cuatro iniciativas de reformas que en lo esencial plantean establecer en el estado el Salario Mínimo Vital de Subsistencia para revertir las graves secuelas que en materia de desempleo y pobreza ha provocado la pandemia del Covid-19.

“Al igual que en la mayoría de las Entidades Federativas, en Zacatecas nos encontramos ante un panorama donde impera la desigualdad sustantiva y la falta de un mínimo vital para sus ciudadanos”, indicó la legisladora por el Partido de la Revolución Democrática en la exposición de motivos.

Expuso que de acuerdo a la Secretaría de Economía de la entidad (Sezac), en lo que va del 2020 se han perdido 6 mil 972 empleos formales en Zacatecas, lo que podría atribuirse, en gran medida, a la suspensión de diversas actividades productivas por la pandemia de Covid-19.

De acuerdo con el CONEVAL, Zacatecas tiene un 49 % de personas en situación de pobreza, un 45.5 en pobreza moderada y un 3.5 en pobreza extrema.

Mientras que en el caso de pobreza extrema se registran un total de 76 mil ciudadanos en esa condición. Con base en cifras del mismo Coneval, la entidad tiene 22 municipios considerados como los más pobres, encabezando la lista Jiménez del Teul, además de General Pánfilo Natera, El Salvador, Mazapil, Melchor Ocampo, entre otros.

“Zacatecas se encuentra en una situación de emergencia ante la pobreza que adolece, donde sus ciudadanos ven cuartados sus derechos consagrados en la Carta Magna”, indico Esparza Márquez quien planteó reformar el artículo 26 de la Constitución de Zacatecas para incluir ese apoyo mínimo de subsistencia ante situaciones de emergencia como la que se vive en México y en el estado.

“El Estado deberá garantizar el Ingreso Mínimo Vital de Emergencia, consistente en un apoyo económico no contributivo, a todas las y los ciudadanos zacatecanos que desempeñen actividades laborales, formales e informales, y en general, a todos los ciudadanos a los que les afecte de manera directa o indirecta, en sus ingresos, total o parcialmente, la suspensión de actividades derivada de una emergencia declarada por las autoridades competentes”.

Este apoyo será temporal, por un periodo de 30 días y máximo 90 días, y será suficiente para solventar las necesidades básicas de una familia de acuerdo con la Línea de Bienestar establecida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Asimismo propuso reformas el artículo 21 de la misma Constitución de Zacatecas para al margen de esta situación de emergencia, establecer el derecho al Mínimo Vital “para que toda persona pueda satisfacer sus requerimientos indispensables existenciales”.

Frida Esparza Márquez, diputada federal por Zacatecas, también presentó en el Congreso Estatal una reforma a la fracción V del artículo 182 Bis del Código Penal para el Estado de Zacatecas, para sancionar penalmente a quien imparta, promueva, ofrezca, someta u obligue a otro a recibir terapia o cualquier tipo de prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psíquicas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar o modificar la orientación sexual y la expresión o identidad de género de una persona.

Si la conducta se hiciera en un menor de dieciocho años, personas con discapacidad, personas adultas mayores, sujetos privados de libertad o con personas que por cualquier circunstancia no pudieran resistirse, la pena se aumentará al doble y se perseguiría por oficio. Es decir la sanciones pueden ser de 1 a 6 años de cárcel.

La última iniciativa es para reformar  la Ley para el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas. En la misma se consideran  actos de crueldad y maltrato “ aquellos que se realizan por omisión inexcusable o de manera deliberada e intencional en perjuicio de cualquier animal, perpetrados por sus propietarios, poseedores, tenedores, encargados o terceros que entren en relación con ellos.

Son cualquier mutilación parcial o total del cuerpo de un animal o la alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no sea necesaria efectuar para preservar su vida o la salud.

“Las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal doméstico o de compañía o conseguir otros fines no curativos y, en particular; el corte de la cola y el corte de las orejas”, señala la iniciativa turnada al Congreso de Zacatecas.