Por carecer de autorización oficial, clausuró Profepa de manera total, obras y actividades en playa El Edén en Manzanillo

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COLIMA, Col.- Por no presentar la autorización que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en materia de impacto ambiental, personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en Colima clausuró de manera total temporal obras y actividades que se realizaban en el ecosistema costero de la playa El Edén, en Manzanillo.Al hacer la visita de inspección correspondiente, inspectores de Profepa detectaron lotes ubicados en el ecosistema costero. El inspeccionado no presentó la documentación oficial para efectuar dichas obras y/o actividades con fines comerciales. Las obras encontradas afectaron un área de 5 mil 475 metros cuadrados, directamente sobre la zona de dunas, eliminando con ello una porción de flora y fauna sin adoptar medidas de control, protección, mitigación o restauración en favor de biodiversidad del lugar. Derivado de lo anterior, se procedió a la imposición de la medida de seguridad.
La construcción en los ecosistemas costeros requiere previa autorización en materia de impacto ambiental, expedida por la Semarnat. Así está establecido en el inciso Q) del Artículo 5° del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de evaluación del impacto ambiental.
Por lo anterior, las personas (físicas o morales) que pretenden realizar una obra o actividad deben presentar una Manifestación de Impacto Ambiental que describa las condiciones ambientales previas a la realización del proyecto. Lo anterior, con el propósito de identificar y evaluar los potenciales impactos que la obra y su operación podrían causar al ambiente. Sirven, también, para definir y proponer medidas necesarias que prevengan, mitiguen o compensen esas alteraciones.
Como parte de sus atribuciones, la Profepa verifica dicha autorización emitida por la Semarnat, así como el cumplimiento de los términos y condicionantes establecidos en la misma.
Finalmente, de acuerdo con el artículo 187 del Código Penal Federal, el personal de la citada Procuraduría informó al inspeccionado sobre los delitos a los cuales podría hacerse acreedor en caso de quebrantar alguno de los sellos colocados.