Piden a entidades atender lineamientos del fondo para el acceso al transporte público a Personas con Discapacidad

Deporte

La Comisión de Comunicaciones y Transportes, que preside el diputado Víctor Manuel Pérez Díaz (PAN), avaló un punto de acuerdo que exhorta a los gobiernos de las entidades federativas a que atiendan los lineamientos del Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público a las Personas con Discapacidad para que hagan uso adecuado de los recursos y en forma transparente.

Este fondo tiene por objeto garantizar y proteger los derechos de las personas con discapacidad, así como contribuir a su desarrollo integral e inclusión. Por ello, los recursos deben destinarse a proyectos que avalen el derecho a la accesibilidad en espacios públicos y unidades de transporte, diseño universal, y tecnologías de información y comunicación.

El Presupuesto de Egresos de la Federación establece el último día hábil del mes de febrero como la fecha límite para publicar los lineamientos y plazos en la presentación de los proyectos por parte de las entidades federativas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El punto de acuerdo señala que es del interés de la sociedad que los recursos dirigidos al mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad sean ejercidos en su totalidad (sin subejercicios fiscales) y para los fines que fueron etiquetados.

En reunión de trabajo, los diputados integrantes de la Comisión  también aprobaron dos dictámenes para reformar diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

Una modifica el artículo 5° de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a fin de establecer que los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros, con apego a la Ley y a su normatividad interna, ofrezcan 50 por ciento de descuento a estudiantes de educación media superior y superior, durante todo el año.

El documento establece que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tiene las atribuciones de vigilar técnicamente el funcionamiento y operación de las concesiones y permisos para la explotación de servicios de autotransportes en las carreteras federales, así como la determinación de las tarifas de peaje.

Señala que la infraestructura carretera nacional ha logrado conectar a 64,017 localidades, lo que permite el acceso a más de 95 por ciento de la población a 4 mil 542 localidades urbanas y 59 mil 475 rurales.

El segundo dictamen reforma los artículos 66, 74 y 74 bis de la misma Ley, para señalar que los permisionarios de servicios de autotransporte de carga son responsables de las pérdidas y daños que sufran los bienes o productos que transporten, excepto cuando el usuario del servicio no declare el valor de la mercancía; la responsabilidad quedará limitada a la cantidad equivalente a 15 unidades de medida y actualización al salario mínimo.

También que las infracciones de lo dispuesto en la misma ley serán sancionadas por la secretaría, de acuerdo con unidad de medida y actualización, como la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia vigente para determinar el monto de la multa al momento de cometerse la misma.