Los medios de defensa deben ser accesibles y eficaces: Primera Sala

Nacional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, determinó que es derecho de los procesados la posibilidad de impugnar las sentencias penales condenatorias a través de medios de defensa accesibles y eficaces, sin que puedan establecerse restricciones o requisitos que limiten la esencia del derecho de recurrir.

Además, los medios de impugnación deben permitir el examen integral de la decisión recurrida, con el fin de que el tribunal revisor procure la corrección de decisiones jurisdiccionales contrarias a derecho.

Ello, en atención a que el sistema acusatorio contempla, aunque no expresamente, el principio de suplencia de la queja en forma acotada, al establecer la obligación del tribunal de alzada de estudiar, independientemente de que existan agravios, si se actualizaron o no, violaciones a derechos fundamentales que deban repararse.

Consecuentemente, tratándose del recurso interpuesto contra la sentencia de primera instancia en el sistema adversarial oral, el juzgador está obligado a efectuar un estudio bajo la figura de suplencia de la queja acotada, para determinar si se actualizó alguna violación a los derechos fundamentales del imputado.

Amparo directo en revisión 7060/2018. Ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá. Sesión de 8 de mayo de 2019