La Sala Superior confirma que Claudia Sheinbaum difundió propaganda gubernamental durante la Revocación de Mandato y que el presidente de la República no cometió infracciones al promocionar su cuarto informe de labores

Electoral

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó, por una parte, que la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y el director ejecutivo de participación ciudadana de la alcaldía Miguel Hidalgo, Ulises Labrador, difundieron propaganda gubernamental en el periodo prohibido, dentro del proceso de Revocación de Mandato. Por otra parte, corroboró que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, no cometió ninguna infracción al promocionar su cuarto informe de labores.

Respecto a la primera cuestión, el Partido Acción Nacional denunció a la jefa de gobierno y al director ejecutivo, por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido para ello. Esto, con motivo de publicaciones en las redes sociales de los servidores públicos que expresaban, entre otras cosas: “Apoyamos a quienes más lo necesitan para que tengan una vivienda digna”, “Llegamos a la Unidad Habitacional (…) con todos los servicios urbanos del gobierno de la Ciudad”, acompañadas de fotografías en las que aparecían personas con chalecos color guinda o incluso de la jefa de gobierno dirigiéndose al público.

Al respecto, la Sala Regional Especializada determinó la existencia de la infracción denunciada, ya que, tanto Claudia Sheinbaum como Ulises Labrador, realizaron publicaciones en redes sociales, durante el proceso de Revocación de Mandato, promocionando logros y acciones de gobierno, con la intención de obtener la aceptación de la ciudadanía. Las personas servidoras públicas se quejaron de lo anterior ante la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Sobre el segundo tema, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al presidente de la República, por la supuesta difusión de promocionales alusivos a su cuarto informe de gobierno que son contrarias a las reglas para la presentación de informes de actividades, además, constituyen propagada gubernamental con elementos de promoción personalizada e implican el uso indebido de recursos. La Sala Especializada del TEPJF determinó que no se actualizaban las infracciones denunciadas, cuestión que fue impugnada por el PRD, ante la Sala Superior.

La Sala Superior, en sesión pública presencial, a propuesta de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera y con la ausencia justificada del magistrado José Luis Vargas Valdez, confirmó ambas decisiones. La primera, pues se acreditó que, tanto Sheinbaum como Labrador, difundieron propaganda gubernamental durante un periodo constitucionalmente prohibido para ello. Por tanto, se ordenó al Órgano Interno de Control de la Alcaldía Miguel Hidalgo y al Congreso de la Ciudad de México, imponer las sanciones correspondientes (SUP-REP-758/2022 y acumulado).

En lo que corresponde a la segunda decisión, se confirmó, en lo que fue materia de reclamo, que la difusión de promocionales alusivos al cuarto informe de gobierno no configuran promoción personalizada del presidente de la República. Esto, porque las expresiones contenidas en los promocionales empleados para difundir el cuarto informe de labores buscaron transmitir las tareas desempeñadas por dicho servidor público en el período informado, lo cual no fue controvertido frontalmente por el recurrente. (SUP-REP-766/2022)