La Sala Regional Toluca confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Michoacán relacionada a la renovación de la jefatura de Tenencia de Jesús del Monte, Morelia

Electoral

TOLUCA, Edomex.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la tarde de este jueves, seis medios de impugnación que correspondían a cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios electorales. 

El juicio ciudadano 150 de la presente anualidad, se promovió en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) por la cual se determinó ordenar al Ayuntamiento de Morelia en la referida entidad federativa, emitir la convocatoria para renovar la jefatura de tenencia de Jesús del Monte en la citada municipalidad.

Al respecto, la Magistrada y los Magistrados consideraron que no le asistía la razón al accionante sobre sus alegaciones relacionas al indebido actuar en las determinaciones correspondientes a la definitividad, la incorrecta interpretación de la legislación local y la falta de exhaustividad atribuidas al Tribunal local responsable, toda vez que el TEEM si realizó un pronunciamiento en relación a lo alegado por el accionante.

En ese sentido, sobre la incorrecta interpretación de la legislación local alegada, consideraron que tampoco le asistía la razón al accionante ya que el Tribunal si se atuvo a lo dispuesto por la norma, en el tenor de que el cargo como Jefe de Tenencia se ejerce por el lapso que dure en funciones el Ayuntamiento que organice la elección correspondiente de esa jefatura; es decir, la vigencia del cargo de Jefe de Tenencia está supeditada al mismo periodo para el cual fue electo el Ayuntamiento que se encuentra en funciones, máxime que no existe disposición alguna que establezca un periodo determinado para la duración del encargo de un Jefe de Tenencia.

Para finalizar, sobre el argumento relacionado a la falta de exhaustividad, concluyeron que la responsable sí tomó en consideración todos los elementos de convicción puestos a su consideración y por tanto, por unanimidad de votos determinaron confirmar la resolución impugnada.

Suscríbete a nuestro canal en YouTube: https://bit.ly/2IZ8PaG síguenos en Twitter: @TEPJF_TOL o a través de nuestra página de Facebook: Sala Regional Toluca del TEPJF https://www.facebook.com/salaregionaltolucadelTEPJF/ donde se realiza la transmisión en vivo de nuestras sesiones públicas y eventos de interés.