Incumplen concesionarias de radio y televisión con pautas ordenadas por el INE

Electoral

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional en contra de concesionarias nacionales con cobertura en los estados de Coahuila e Hidalgo, por el supuesto incumplimiento de la pauta, lo cual, a decir del quejoso, altera el equilibrio y estabilidad del modelo de comunicación política y pone en riesgo la equidad en la contienda de los procesos electorales locales.

En sesión extraordinaria urgente, por mayoría de votos de las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, y el voto en contra de la Consejera Pamela San Martín, quien propuso la devolución del proyecto, la Comisión determinó procedente las medidas cautelares, ya que derivado de un análisis preliminar, se tiene constancia de que  nueve concesionarias con cobertura en Coahuila e Hidalgo, han dejado de transmitir en un porcentaje menor a un 95 por ciento, las pautas ordenadas para el horario de entre 6:00 a 9:59 de la mañana, por lo que, se señaló, se ha incumplido con una obligación constitucional y legal, sin que se advierta justificación o situación de excepción alguna.

Por lo anterior, la Comisión ordenó a los concesionarios de radio y televisión que se encuentren en el supuesto, cumplir en tiempo y forma con la pauta ordenada por el Instituto Nacional Electoral.

En cuanto a la adopción de medidas cautelares solicitadas por el PAN contra Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República, derivado de la realización y difusión de las conferencias de prensa denominadas como “las mañaneras”, durante el transcurso de los procesos electorales locales 2019-2020 de Coahuila e Hidalgo, donde el denunciante reclama la existencia de propaganda gubernamental en tiempo prohibido, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

 La Comisión determinó improcedente ordenar la suspensión, difusión o transmisión -a través de radio o televisión- de éstas, en los estados con proceso electoral local; ya que en apariencia del buen derecho aún no comienza el periodo de campañas electorales, las cuales serán a partir del 25 de abril y hasta el 3 de junio de 2020, por lo que de forma preliminar no se percibe una probable afectación a la equidad en la contienda.

 Aunado a que “las mañaneras”, se trata de un mecanismo que utiliza el Ejecutivo para comunicar los temas que estima relevantes, cuyo formato es someterse a preguntas de la prensa y a que no se cuenta con elementos de exaltación, elevación o realce desproporcionado. Finalmente, será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien se pronuncie sobre el fondo del asunto, ya que se debe realizar un análisis exhaustivo, integral y ponderado de los derechos y libertades en riesgo, frente a las obligaciones y restricciones atinentes.

Por último, sobre la queja relativa a la adquisición de tiempos en radio y televisión por parte del partido MORENA, la Comisión determinó no suspender la publicación de “las mañaneras” en Coahuila e Hidalgo, ya que no se advierte que se esté en presencia de compra o adquisición con fines electorales, puesto que en ninguna de ellas se hace alusión al partido denunciado, ni a algún otro, ni tampoco se hacen expresiones o manifestaciones relacionadas con alguna candidatura, plataforma partidista o proceso electoral.