HOJA INFORMATIVA: La Secretaría General de la OEA lanza un nuevo informe que detalla las violaciones de los derechos humanos en Venezuela y el impacto de la inacción de la Fiscal de la CPI

Internacional

El informe está disponible aquí

Antecedentes:

  • En su tercer informe sobre la situación en Venezuela, publicado el 19 de julio de 2017, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos señaló que existían “evidencias que apuntan al uso sistemático, táctico y estratégico del asesinato, encarcelamiento, tortura, violación y otras formas de violencia sexual, como herramientas para aterrorizar al pueblo venezolano” que podrían constituir crímenes de lesa humanidad y debían ser llevados a la atención de la Corte Penal Internacional (CPI) para su posterior consideración.

  • El 29 de mayo de 2018, el Panel de Expertos Internacionales Independientes designado por el Secretario General de la OEA publicó un informe, basado en testimonios de testigos, testimonios de víctimas, familiares de víctimas y otras partes interesadas, y comunicaciones escritas de más de 40 organizaciones no gubernamentales y organizaciones intergubernamentales venezolanas e internacionales. El informe concluyó que “existen motivos razonables para creer que se han cometido crímenes de lesa humanidad en Venezuela” que se remontan -al menos- al 12 de febrero de 2014.
  • El 26 de septiembre de 2018, Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Paraguay y Perú refirieron conjuntamente la situación en Venezuela a la Corte Penal Internacional para su investigación, de conformidad con el artículo 14 del Estatuto de Roma.
  • El 27 de septiembre de 2019, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó la Resolución A/HRC/RES/42/25 estableciendo una misión investigadora independiente “para investigar ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y torturas y otras formas crueles, inhumanas o degradantes de tratamiento desde 2014, con miras a garantizar la plena rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas”.
  • El 16 de septiembre de 2020, la Misión Internacional Independiente de Investigación de la ONU para la República Bolivariana de Venezuela publicó su informe, en el que encontró “motivos razonables para creer que se cometieron crímenes de lesa humanidad en Venezuela”, reafirmando las conclusiones del Informe de la OEA de 2018. La Misión de Investigación recomendó que son necesarias más investigaciones internacionales sobre los crímenes y violaciones de derechos humanos y que “la Fiscalía de la Corte Penal Internacional necesita tomar en consideración las necesidades de las víctimas de los crímenes investigados por la Misión y aquellos que estén bajo su consideración, para que se haga justicia oportunamente”.
  • Los «crímenes de lesa humanidad» están definidos en el artículo 7 del Estatuto de Roma –que estableció la Corte Penal Internacional- como delitos cometidos “como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”.
  • Venezuela firmó y ratificó el Estatuto de Roma y en consecuencia la Corte Penal Internacional tiene jurisdicción sobre los delitos cometidos en el territorio de Venezuela o por ciudadanos venezolanos desde el 1 de julio de 2002.
  • En abril de 2011, la Corte Penal Internacional y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos firmaron un Canje de Notas estableciendo un Acuerdo Marco de Cooperación enfocado en la promoción y difusión de principios y valores compartidos, así como el intercambio de información y documentos sobre asuntos de interés común.
  • El proceso de examen de la posible comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela fue diseñado explícitamente para apoyar los acuerdos de cooperación existentes entre la Secretaría General de la OEA y la CPI y se lleva a cabo bajo la autoridad del Secretario General de la OEA.

Investigación:

  • Como seguimiento al Panel de Expertos Independientes de 2018, el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, encargó a Jared Genser monitorear los acontecimientos en Venezuela y facilitar -de manera imparcial e independiente- la recopilación de pruebas que brinden una base razonable para saber si se han cometido crímenes de lesa humanidad en Venezuela, la identificación de sus posibles autores, la existencia de procedimientos nacionales de investigación y otros elementos requeridos por el Estatuto de Roma. Desde el informe del Panel de Expertos Independientes de 2018, se ha llevado a cabo un trabajo significativo, por parte de organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales y otras fuentes creíbles, para documentar el drástico deterioro del panorama de los derechos humanos en Venezuela. Este nuevo informe sintetiza, resume y analiza esos hallazgos para demostrar la gravedad y severidad de los presuntos delitos que han sufrido millones de venezolanos.
  • El artículo 15 del Estatuto de Roma estipula que para identificar los crímenes dentro de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, el Fiscal iniciará una investigación preliminar sobre la base de la información recibida. El 8 de febrero de 2018, la Fiscal Bensouda anunció que la CPI había abierto un examen preliminar sobre la situación en Venezuela. En septiembre de 2018, seis estados parte del Estatuto de Roma (Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú) refirieron el caso de Venezuela a la CPI. En palabras de la propia Fiscal, esta fue la «primera remisión presentada por un grupo de Estados Partes sobre una situación en el territorio de otro Estado Parte». Sin embargo, a pesar de la naturaleza extraordinaria de la remisión de seis estados a la Corte, el «examen preliminar» de la Fiscal todavía está en curso después de casi tres años. En ausencia de cualquier forma de rendición de cuentas o justicia por parte de la CPI, el régimen se ha envalentonado para cometer más crímenes, en la creencia que puede actuar con total impunidad.

El informe:

Entre otros hallazgos, el informe:

  • Identifica 18.093 ejecuciones extrajudiciales realizadas por fuerzas de seguridad del Estado o colectivos desde 2014.
  • Identifica 15.501 casos de detención arbitraria u otras instancias de privación severa de libertad desde 2014.
  • Identifica que decenas de millones de personas han sufrido o han sido objeto de lesiones graves debido a la actual crisis humanitaria creada por el régimen. Esto incluye informes, incluyendo de las Naciones Unidas, que encontraron 7 millones de personas necesitadas y más de 100,000 niños menores de 5 años afectados por desnutrición aguda severa. Una ONG con una fuerte presencia local informó que 52 de cada 100 niños atendidos tienen deficiencias nutricionales y el 24 por ciento de las mujeres embarazadas estaban desnutridas. En las principales ciudades, la escasez de medicamentos esenciales ha oscilado entre el 60 y el 100 por ciento. Y con bajas tasas de vacunación y medicamentos limitados, ha habido brotes de sarampión y difteria y al menos 400.000 casos de malaria, el más alto de América Latina. Se reportan casi 1.000 muertos por falta de medicamentos contra la malaria.
  • Identifica 724 casos de desaparición forzada en 2018 y 2019.
  • Identifica 653 casos documentados de tortura desde 2014.
  • Identifica que la violación y la violencia sexual han sido convertidas en armas por el régimen, incluso como método de tortura.
  • Destaca el fracaso de la Fiscal de la CPI en realizar su examen preliminar de manera expedita, así como en abrir una investigación a pesar de la abrumadora evidencia de crímenes dentro de la jurisdicción de la Corte.
  • Recomienda a la Fiscal proceder lo más rápidamente posible para abrir una investigación sobre la situación en Venezuela y, mientras tanto, solicitar acceso inmediato, pleno y abierto a Venezuela, emitir una declaración pública detallada sobre el deterioro de la situación en Venezuela y resaltar el verdadero alcance y gravedad de la situación en Venezuela en su próximo “Informe de Actividades de Examen Preliminar 2020”.