Es legal la elección del candidato del PAN a la gubernatura de San Luis Potosí: TEPJF

Electoral

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución impugnada por Francisco Xavier Nava Palacios en la que se designó a César Octavio Pedroza Gaitán como candidato del PAN a la gubernatura de San Luis Potosí y con ello validó la resolución del Tribunal Electoral del Estado.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior consideraron inoperantes los motivos de queja, debido a que Francisco Xavier Nava Palacios no controvirtió las razones de la sentencia del Tribunal Electoral de San Luis Potosí sobre una presunta vulneración a los principios constitucionales en materia electoral.

Se consideró que solo se limitó a señalar que el proceder del tribunal fue indebido y algunos planteamientos fueron infundados, puesto que partieron de suposiciones que no acreditó.

El 11 de enero se llevó a cabo la elección interna del PAN para elegir al candidato a la gubernatura en esa entidad y el 13 de ese mismo mes, Nava Palacios promovió un juicio de inconformidad ante la Comisión de Justicia del partido, que fue desestimada.

El 30 de enero promovió per saltum (es decir sin pasar por instancias intermedias) ante la Sala Superior del TEPJF un juicio para la protección de sus derechos político-electorales.

El 10 de febrero pasado, la Sala Superior determinó que no procedía la vía del el per saltum y reencauzó la impugnación al Tribunal Electoral de San Luis Potosí, instancia que el 17 de febrero avaló la resolución de la Comisión de Justicia del PAN y confirmó el acuerdo por el que César Octavio Pedroza Gaitán fue declarado el candidato del partido a la gubernatura.

El 22 de febrero, Francisco Xavier Nava Palacios promovió un nuevo juicio para la protección de sus derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, instancia que lo remitió a la Sala Regional Monterrey y esta, a su vez, lo turnó a la Sala Superior, donde hoy se resolvió. (Asunto: SUP-JDC-274/2021)