El INBAL sí ha cumplido con el Órgano Interno de Control y la Ley de Transparencia

Cultura

Sobre las solicitudes de información recibidas en relación con el concierto músico coral intitulado El Guardián del espejo, realizado en la Sala Principal del Palacio de Bellas Artes, el pasado 15 de mayo de 2019, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) ha atendido puntualmente cada una de ellas.

De tal forma, proporcionó la información que se hizo pública mediante el boletín número 809 de fecha 4 de junio de 2019, accesible desde entonces en la página oficial del Instituto. Se hicieron públicos también la solicitud del espacio, así como la versión pública del convenio firmado por el interesado. El 20 de junio, fecha en que se reunió el Comité de Transparencia de la institución, aplicó la norma que señala la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Actualmente existen dos procesos de investigación abiertos por parte del Órgano Interno de Control en el INBAL, así como por la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.

Derivado de ello, con fundamento en lo establecido en el artículo 113 fracción IX de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual establece: “Como información reservada podrá clasificarse aquella cuya publicación: …IX. Obstruya los procedimientos para fincar responsabilidad a los Servidores Públicos, en tanto no se haya dictado la resolución administrativa”, se sometió a consideración del Comité de Transparencia de la Institución los elementos necesarios para determinar si era procedente o no la reserva.

Con base en lo anterior, el Comité determinó que existen los elementos para cumplir con esa disposición legal y por lo tanto llevar a cabo su aplicación,. durante el lapso que dure la demanda y/o la resolución de la investigación de responsabilidad administrativa.

El plazo de reserva aprobado por el Comité de Transparencia es el que establece el artículo 101 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En ella se señala asimismo que la información clasificada como reservada, se desclasificará, cuando … se extingan las causas que dieron origen a su clasificación (fracción I).

Para que ello suceda será necesario esperar que en ambos expedientes que hoy se encuentran en proceso, recaiga una resolución administrativa con carácter definitivo.

El lapso concluye una vez que se dicten las resoluciones respectivas en el plano administrativo o judicial, o en dicho plazo, señalado como máximo.

No cumplir con las disposiciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en términos de lo que señalan sus disposiciones, puede generar responsabilidades administrativas para las y los servidores públicos involucrados

Por otra parte, con el fin de establecer las responsabilidades internas en las que eventualmente se haya incurrido, están abiertos expedientes en el Órgano Interno de Control.

Además, el INBAL presentó una denuncia de hechos ante la Fiscalía General de la República (FGR), por el uso indebido de la imagen institucional del Palacio de Bellas Artes. Tanto la Secretaría de Cultura como este Instituto así informaron y actuaron conforme a su mandato institucional.

Esta denuncia se presentó una vez que habían sido entregadas todas las solicitudes de información al OIC y en seguimiento a lo señalado por el INBAL, al día siguiente de sucedidos los hechos, con pleno respaldo de la Secretaría de Cultura.

El INBAL estará al pendiente de los avances de las investigaciones.  Igualmente, en la disposición de atender cualquier observación adicional del OIC, de la Secretaría de la Función Pública y de la ciudadanía, dentro de los marcos legales que rigen a la administración pública.

En la misma dirección, el INBAL ha concluido, para su revisión, una nueva propuesta del reglamento del Palacio de Bellas Arte; de los términos de los contratos sobre actividades externas, así como las normas que rigen el uso de su imagen.