El GPPRI va por el acceso a medicamentos a bajo precio y con existencia oportuna en el mercado: diputada Soraya Pérez Munguía

Nacional

Las leyes que respaldan la entrada en vigor del Tratado Comercial México, Estados Unidos y Canadá, el TMEC, abonan al liderazgo de México y a la recuperación económica en medio de la crisis económica que padecemos, en el Grupo Parlamentario del PRI, al otorgar un voto aprobatorio, subrayamos que como Poder Legislativo nos toca aprobar leyes que garanticen un mayor acceso a la población, y que aseguren la entrada oportuna de medicamentos genéricos al mercado.Y por el interés nacional es indispensable el diálogo, la voluntad de entendimiento y los consensos que siempre serán posibles en medio de la pluralidad.

Al fijar el posicionamiento del GPPRI al dictamen de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, la diputada Soraya Pérez Munguía, dijo, el PRI otorga su sufragio a favor, pero “no es un cheque en blanco”, el TMEC es una acción—como hace 28 años, cuando era el TLCAN–, una oportunidad de desarrollo, para crecer con igualdad de condiciones y transformar a México.

“Entendemos que toda acción para mitigar la crisis económica que estamos viviendo es urgente y necesaria, pero ninguna dará resultados favorables sin consensos, sin tender puentes, sin negociaciones, pero sobro todo, sin transparencia”, sentenció.

Resaltó que, por consenso político, se mantiene el equilibrio entre la protección a la innovación y el acceso a la salud, con el acceso a medicamentos de bajo costo, pues se permite la entrada oportuna de medicamentos genéricos al mercado.

La legisladora por el estado de Tabasco informó que el GPPRI fue uno de los principales impulsores de eliminar los plazos establecidos en la llamada cláusula Bolar, no obstante, conserva aspectos todavía riesgosos para el derecho a la salud, y que vulneran incluso lo establecido en el protocolo modificatorio del TMEC.

Son dos riesgos: el primero, el posible retraso en el otorgamiento de registros sanitarios en Cofepris a medicamentos genéricos, el artículo 162 propuesto remite al reglamento y eso ayuda, pero no da completa seguridad a que las patentes protegidas sean exclusivamente de ingredientes activos.

El segundo riesgo, los segundos usos. Los artículos 45 y 47 abren la posibilidad de registrar como patentes variaciones de uso, que no representan realmente una innovación como tal.

Lo explicaban muy sencillamente los expertos. Las grandes farmacéuticas podrían hacer un cambio solo de forma o solo de dimensión del producto y con eso alargar el tiempo de sus patentes, concluyó.