Demolición de inmueble en Presa Anzaldo

Metrópoli

El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), y la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), inició con la demolición de las obras e instalaciones asociadas al proyecto denominado “Edificio de Oficinas Periférico 3042”, localizado en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines número 3042, colonia San Jerónimo Aculco, Alcaldía Álvaro Obregón.

El Dictamen de Daño Ambiental determinó que Banca Mifel S.A. deberá hacer la restauración del sitio, así como la demolición total de las obras e instalaciones asociadas al proyecto.

De igual forma, la titular de la DGEIRA, Andrée Lilian Guigue Pérez, destacó que los desarrolladores del proyecto tendrán que pagar poco más de 61 millones de pesos al Fondo Ambiental Público de la Ciudad de México.

Guigue Pérez, informó que el costo estimado de las obras de demolición es de 30 millones de pesos, mismo que correrá a cargo de la desarrolladora.

Entre los requisitos elementales que incumplió la empresa se encuentra la ausencia del Dictamen de Impacto Urbano, de la Manifestación de Impacto Ambiental e irregularidades en la manifestación de construcción, entre otros.

En respuesta, el Gobierno de la Ciudad de México inició una estrategia jurídica para ejercer acciones legales a través de las vías administrativa y penal, con la finalidad de evitar que los trabajos de construcción continúen y los posibles actos de corrupción que dieron origen a la construcción del inmueble.

Por ello, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) presentó demanda de acción pública y una denuncia en contra de quien resulte responsable, así como del Director Responsable de Obra, Corresponsable, Constructor, Representante Legal y/o Propietario ante la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales y Protección Urbana.

Como resultado de la estrategia jurídica del Gobierno capitalino, el Tribunal de Justicia Administrativa determinó levantar la suspensión otorgada en el juicio de nulidad, como consecuencia de la resolución de apelación interpuesta por la Sedema, revocando el auto que admitió la medida cautelar de suspensión.