Confirma TEPJF desechamiento de queja presentada contra Bertha Luján por su reincorporación como presidenta del Consejo Nacional de Morena

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Por unanimidad de votos, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución de Morena en relación con la renuncia y reincorporación presentadas en 2019 por Bertha Elena Luján Uranga a la presidencia del Consejo Nacional de ese partido.Lo anterior, a raíz de la queja presentada por dos militantes que demandaban que se llevara a cabo la audiencia de pruebas y alegatos establecida en el artículo 54 de los Estatutos de Morena, o bien, que se atendiera la temática relativa a la omisión por parte del Consejo Nacional de dicho partido de pronunciarse al respecto.

El 18 de octubre de 2019, Bertha Luján presentó un escrito dirigido al Comité Ejecutivo Nacional (CEN), a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, y a las y los Consejeros Nacionales, todos de Morena, por el que solicitó su separación al cargo de presidenta del Consejo Nacional y posteriormente, el 10 de noviembre de ese mismo año, presentó otro escrito a las mismas instancias para solicitar su reincorporación.

El 14 de noviembre de 2019, los inconformes presentaron demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar la supuesta omisión del Consejo Nacional de Morena de pronunciarse sobre la solicitud de separación y reincorporación, así como la realización de la convocatoria y la sesión del Consejo Nacional de Morena del 10 de noviembre de 2019, presidida por Bertha Luján, así como los acuerdos tomados en la referida sesión y la ejecución de todos los actos aprobados.

En sesión pública, bajo el formato de videoconferencia, las magistradas y los magistrados consideraron que la solicitud de licencia de Bertha Luján quedó insubsistente al haberse revocado el proceso de selección interna en el SUP-JDC-1573/2019, por lo que podía retomar la presidencia del Consejo Nacional. (Asunto: SUP-JDC-155/2020)