Conapred exhorta a poner fin a la violencia y discriminación estructural que enfrentan las personas intersexuales desde temprana edad

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La intersexualidad se refiere a una amplia gama de variaciones congénitas en las características sexuales que no se ajustan a las típicas nociones binarias sobre los cuerpos masculinos o femeninos. No se trata de un tercer sexo, ni de una identidad de género.

Las personas intersexuales experimentan la misma gama de orientaciones sexuales e identidades de género que las personas que no lo son. De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, entre un 0.05 por ciento y un 1.7 por ciento de la población nace con rasgos intersex.

Por ello, y a fin de obtener información sobre las principales problemáticas, experiencias de discriminación y otras vulneraciones de derechos vividas por este sector de la población, el Conapred lanzará la primera encuesta intersex, la cual estará dirigida a personas que tienen variaciones corporales congénitas en las características sexuales, con el propósito de contribuir al diseño e implementación de políticas públicas que garanticen sus derechos fundamentales.

Cabe señalar que, en México, las personas intersexuales enfrentan barreras sociales y discriminación en ámbitos tales como la educación, el empleo, los deportes, la atención médica y el acceso a servicios públicos.

Asimismo, enfrentan prejuicios y la estigmatización de sus cuerpos que las llevan a ser sometidas desde muy temprana edad a cirugías y tratamientos hormonales médicamente innecesarios, con el propósito de ajustar sus cuerpos a los estereotipos binarios del sexo “femenino” o “masculino”, las cuales, en muchas ocasiones, les provocan daños irreparables e irreversibles, tales como dolor crónico, esterilización, capacidad reducida o pérdida de la capacidad de sentir placer sexual.

Un avance importante para combatir estas prácticas en el ámbito de la atención médica es, sin duda, la “Guía de recomendaciones para la Atención de Intersexualidad y Variación en la Diferenciación Sexual”, que forma parte del “Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual”, emitido en 2017 por la Secretaría de Salud, de observancia general para todos los establecimientos de atención médica, públicos, social y privados del Sistema Nacional de Salud.

La guía y el protocolo buscan impulsar un replanteamiento de los procedimientos médicos a utilizar en la atención de las personas intersexuales respetando su derecho a la autonomía corporal y libre autodeterminación. Entre sus disposiciones se encuentra limitar el uso de procedimientos quirúrgicos en bebés, niñas y niños intersexuales en casos donde se encuentre en riesgo la vida y/o la funcionalidad de las personas.