Comité de la ONU preocupado por las expulsiones colectivas de migrantes en Chile

Internacional

Los expertos que forman este órgano recuerdan que cada caso de expulsión ha de examinarse y decidirse de forma individual. También hacen una serie de recomendaciones, entre ellas que Chile desarrolle una serie de medidas para eliminar la xenofobia y los estereotipos discriminatorios.

El Comité* de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familias emitió este martes sus observaciones finales sobre el segundo informe periódico de Chile y mostró su preocupación por la expulsión de cientos de personas, entre ellas la de ciudadanos venezolanos.

Dos de estas expulsiones ocurrieron el pasado febrero. El Comité destaca que la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familias prohíbe las expulsiones colectivas y que cada caso de expulsión ha de examinarse y decidirse de forma individual.

Con respecto a la Convención, “el Comité muestra su preocupación por la limitada participación de la sociedad civil en su aplicación, así como su ausencia en órganos consultivos y de decisión como el Consejo de Política Migratoria previsto en la nueva ley sobre migraciones”.

Al Comité también le preocupa la supresión de organismos en que participa la sociedad civil, como el caso del anterior Consejo Consultivo de Migraciones”.

Además, el Comité expresa preocupación por los posibles efectos discriminatorios del plan humanitario de regreso lanzado en 2018, que ha dado prioridad al retorno de haitianos y que permite el retorno voluntario de personas a sus países, pero prohibiendo el regreso a Chile durante nueve años.

Otro aspecto de preocupación es la falta de recursos suficientes para que el Instituto Nacional de Derechos Humanos pueda llevar a cabo su mandato en relación con los derechos de los trabajadores migrantes y sus familiares de manera efectiva.

Mujeres migrantes y mujeres indígenas migrantes

Un capítulo aparte en el informe merecen las mujeres migrantes, pues a los expertos le preocupa la falta de información sobre acciones de fiscalización de la situación de las trabajadoras domésticas migrantes, incluidas las más de 40% que están en situación irregular, y sobre los mecanismos de presentación de denuncias.

Además, el Comité menciona su preocupación por la falta de información con respecto a la situación de las mujeres migrantes indígenas privadas de libertad por la Policía de Investigaciones, Carabineros, Gendarmería, el sistema de justicia penal, y el sistema hospitalario (para el caso de portadoras de ovoides).

Y también está preocupado por la falta de información con respecto al número de quejas recibidas e investigadas por casos de torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contra mujeres migrantes indígenas, incluidas la naturaleza de los cargos y las sanciones impuestas.

En este asunto, el Comité recomienda al Gobierno que garantice los derechos de las mujeres migrantes indígenas privadas de libertad y proporcione información sobre su número y situación, así como sobre el número de quejas recibidas e investigadas por casos de torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contra mujeres migrantes indígenas.

Por otro lado, y tras estar ocho años en fase de discusión, el Comité aplaudió la aprobación el pasado 12 de abril  de la Ley de Migración y Extranjería que comporta cambios positivos conformes a la Convención.

Recomendaciones generales del Comité al Gobierno de Chile

  • Proteger los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, en particular el derecho a la salud, y mitigar los impactos adversos de la pandemia COVID-19
  • Desarrollar medidas para eliminar la xenofobia y los estereotipos discriminatorios sobre los trabajadores migrantes y sus familias, incluso mediante campañas con medidas dirigidas tanto a los funcionarios públicos como al público en general
  • Garantizar una protección legal y efectiva para los trabajadores migrantes y sus familias que denuncien abusos, maltratos o discriminación, independientemente de su situación migratoria y el trabajo que realizan
  • Proteger los derechos de los migrantes y solicitantes de asilo con medidas de gestión de fronteras que estén en consonancia con el principio de no devolución, la prohibición de expulsiones arbitrarias y colectivas; y restringir el uso de las Fuerzas Armadas en las fronteras
  • Diseñar e implementar una política integral para asegurar una regularización accesible y asequible para los trabajadores migrantes y sus familias en situación irregular
  • Garantizar que las trabajadoras domésticas migrantes, incluidas las que están en situación irregular, tengan acceso efectivo a los mecanismos de presentación de denuncias contra sus empleadores y que todos los abusos, incluidos los malos tratos, sean investigados y las víctimas reciban protección y reparación y, cuando proceda, los culpables sean sancionados

El derecho de los migrantes a la libertad

El Comité prevé reanudar el actual período de sesiones los próximos 29 y 30 de abril con el objetivo “de examinar más a fondo y con su eventual adopción”, un comentario general sobre los derechos de los migrantes a la libertad, a no ser objeto de detenciones arbitrarias y su conexión con otros derechos humanos.

Se prevé que la próxima sesión del Comité tendrá lugar del 27 de septiembre al 8 de octubre de 2021. El Comité también solicitó al Estado parte que presente su tercer informe periódico a más tardar el 1 de mayo de 2026.