CNDH exhorta a SCJN para que atraiga el caso de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, quienes habrían sido víctimas en 2007 de desaparición forzada en Oaxaca

Nacional

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraer a la brevedad posible el caso de señores Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, quienes presuntamente fueron víctimas de desaparición forzada en el mes de mayo de 2007 en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca y que hasta ahora no han sido localizados.

La petición la hace la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), María del Rosario Piedra Ibarra, tomando en cuenta los antecedentes, toda vez que se aprecia que las investigaciones ministeriales y las acciones de búsqueda no han concluido y deben agotarse en su totalidad.

El 12 de diciembre de 2019 el Segundo Tribunal Colegiado de lo Penal del Primer Circuito, solicitó a la SCJN analizar la validez de un amparo otorgado por un juzgado de Distrito a los familiares de ambos luchadores sociales, que permitiría profundizar en las investigaciones y continuar la búsqueda de ambas personas.

Dado el tiempo transcurrido en este caso, en el que se constituyen violaciones graves a los derechos humanos, la CNDH comparte la indignación de los familiares y exhorta atentamente a las autoridades que se inconformaron con una resolución de amparo mencionado, a revisar la tramitación de recursos que sólo causan dilación en las investigaciones, así como a facilitar en este y en todos los casos de desaparición forzada, la realización de todas las diligencias de investigación y búsqueda que se requieran, sin limitaciones, ofreciendo a los agraviados una respuesta con verdad, transparencia y dentro del marco legal.

El pasado viernes 9 de febrero, la Ombudsperson Nacional, Piedra Ibarra, recibió y escuchó a los familiares de los señores Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, quienes le plantearon pronunciarse para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga el caso.

Al respecto, cabe recordar que este Organismo Nacional recibió los días 4 y 13 de junio de 2007, escritos que dirigieron los representantes de los organismos no gubernamentales “Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez” y de la “Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos”, respectivamente, a través de los cuales solicitaron a esta Comisión Nacional su intervención para investigar tales hechos y lograr la presentación con vida de los agraviados o, en su caso, se les pusiera a disposición de las autoridades competentes, en caso de que hubiesen participado en la comisión de algún delito.  En este sentido, la CNDH radicó en su momento el expediente de Queja 2007/3565/1/Q, a cargo del entonces Programa de Presuntos Desaparecidos (PREDES) y el 13 de febrero de 2009, al agotar las diligencias de investigación correspondientes, emitió la Recomendación 007/2009, dirigida al entonces Secretario de Gobernación, en representación del gobierno federal, en términos del artículo 5 fracción VIII del Reglamento interior de dicha Secretaría, al Gobernador Constitucional del estado de Oaxaca y al Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez, Oaxaca.

De acuerdo a la investigación, la CNDH estableció que servidores públicos del Estado Mexicano, en particular de la entonces Procuraduría General de la República, actualmente Fiscalía General de la República; de la Secretaría de Protección Ciudadana de Oaxaca, actualmente Secretaría de Seguridad Pública, y de la Procuraduría General de Justicia, actualmente Fiscalía General de Justicia del estado de Oaxaca, así como la Dirección General de Seguridad Pública del municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, vulneraron los derechos humanos de libertad, integridad personal, legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia, defensa y debido proceso, contenidos en los diversos ordenamientos legales nacionales y en los compromisos internacionales suscritos por nuestro país, respecto de los señores Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez.  Los casos de Edmundo Reyes y Gabriel Alberto Cruz, fueron transmitidos al gobierno de México el 4 de diciembre de 2009, por el Comité sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), razón por la cual, también se encuentran en seguimiento.  La Comisión Nacional de los Derechos Humanos continuará con el seguimiento del caso, convencida de que la desaparición de personas es una práctica inaceptable, cuyas causas que la generan deben ser erradicadas por el Estado Mexicano.