CNDH dirige recomendación por violaciones graves a la SSPC y a las fiscalías general de la República y del estado de Guanajuato

Nacional

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 41VG/2020 al encargado de despacho de la Secretearía de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC), Ricardo Mejía Berdeja; al Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero y al Fiscal General del Estado de Guanajuato, Carlos Zamarripa Aguirre, por la desaparición forzada de una persona, atribuible a elementos de la entonces Policía Federal (PF), ocurrida en el estado de Guanajuato en 2017, y por violaciones al derecho a la verdad y acceso a la justicia contra los familiares de la víctima.

La CNDH tuvo conocimiento de que el 1 de septiembre de 2017, un joven reportó a sus familiares, a través de una llamada telefónica, que elementos de la Policía Federal lo perseguían y disparaban contra su automóvil mientras circulaba por la carretera libre que va de Santa Cruz de Juventino Rosas a Salamanca, en el estado de Guanajuato. El padre de la víctima relató haberle indicado que se dirigiera hasta un rancho cercano en el que se encontraría con él; sin embargo, cuando los familiares llegaron al lugar sólo encontraron el vehículo, propiedad del joven, colisionado contra unos arbustos y con tres impactos de arma de fuego, sin poder localizar a la víctima. Tiempo después, ese mismo día, un amigo del joven envió una fotografía a sus familiares de un Carro Radio Patrulla, indicándoles que fue la unidad de la PF que lo persiguió.

El 4 de septiembre de 2017, los familiares de la víctima acudieron a la Procuraduría de los Derechos Humanos del estado de Guanajuato donde interpusieron la queja correspondiente que, por competencia, fue referida a esta Comisión Nacional. Al realizar la investigación del caso, la CNDH concluyó que el joven fue víctima, en primera instancia, de una detención arbitraria cometida por siete elementos de la PF que iban a bordo del Carro Radio Patrulla que lo persiguió, esto debido a que los policías federales nunca mostraron una orden de aprehensión a la víctima, tampoco advirtieron sobre alguna denuncia o querella en su contra, ni pudieron probar haberlo sorprendido cometiendo un delito que justificara su detención.

De igual forma, este Organismo Nacional tuvo elementos suficientes para determinar que el joven fue víctima de desaparición forzada, pues a pesar de existir pruebas de que los

policías federales lo detuvieron de forma arbitraria, la Policía Federal negó la detención de la víctima y hasta la fecha se desconoce su paradero.

Asimismo, se atribuyeron responsabilidades a tres personas servidoras públicas integrantes del Ministerio Público por violentar el derecho a la verdad y el acceso a la justicia, tanto para la víctima como para sus familiares.

Por lo anterior, la CNDH emitió una serie de puntos recomendatorios en los que solicita a la SSPC, inscribir a la víctima en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, además de realizar y continuar con su búsqueda de manera efectiva hasta lograr su localización y presentación con vida o, de ser el caso, localizar sus restos mortales y entregarlos a sus familiares; inscribir a los familiares de la víctima en el Registro Nacional de Víctimas hasta lograr una reparación integral del daño que contemple atención médica y psicológica, así como una compensación o indemnización justa; incluir copia de esta Recomendación en los expedientes laborales de las personas servidoras públicas involucradas; impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos al personal de la ahora Guardia Nacional, ya que es quien actualmente desempeña las funciones que realizaba Policía Federal; implementar el uso de cámaras de videograbación y grabación de audio en los operativos realizados por elementos de la Guardia Nacional; y designar a una persona servidora pública de alto nivel de decisión como enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de esta Recomendación.

Al Fiscal General de la República se le solicita cumplir con las órdenes de aprehensión que se encuentren pendientes respecto a los responsables de la detención arbitraria que derivaron en la desaparición forzada de la víctima; que se colabore ampliamente en las quejas que esta Comisión Nacional formule por las omisiones consignadas en la presente Recomendación atribuibles a los agentes del Ministerio Público a su cargo; que gire sus instrucciones para que, en la atención y recepción de las denuncias por probables desapariciones de personas, los agentes del Ministerio Público actúen con inmediatez y no se descarte la hipótesis de desaparición forzada o de desaparición cometida por particulares; y finalmente, que designe a la persona servidora pública de alto nivel de decisión que fungirá como enlace con la CNDH para vigilar el cumplimento de esta Recomendación.

Al Fiscal General del Estado de Guanajuato se le solicita que colabore ampliamente en la queja que esta Comisión Nacional formule por las omisiones consignadas en la presente Recomendación atribuibles al agentes del Ministerio Público a su cargo, y que gire sus instrucciones para que, en la atención y recepción de las denuncias por probables desapariciones de personas, los agentes del Ministerio Público actúen con inmediatez y no se descarte la hipótesis de desaparición forzada o de desaparición cometida por particulares.

La Recomendación 41VG/2020 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx