CIDH saluda la firma del acuerdo de solución amistosa del Caso 12.909 Gerardo Bedoya Borrero y familiares

Internacional

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la firma del acuerdo de solución amistosa en el Caso 12.909 Gerardo Bedoya Borrero y familiares, firmado por la Sociedad Interamericana de Prensa y el Estado colombiano, el 16 de agosto de 2019.

El 23 de septiembre de 1999, la CIDH recibió una petición presentada por la Sociedad Interamericana de Prensa relacionada con el presunto homicidio del periodista Gerardo Bedoya Borrero, ocurrido en la ciudad de Cali (Valle del Cauca) el 21 de marzo de 1997, como represalia por sus declaraciones críticas sobre el fenómeno del narcotráfico, así como por su labor periodística para evidenciar la infiltración de dichas organizaciones criminales en las élites políticas regionales y nacionales. Los peticionarios alegaron la responsabilidad internacional del Estado Colombiano, por los hechos que rodearon el homicidio del periodista, así como la falta de investigación y esclarecimiento de los hechos ocurridos.

El 11 de julio de 2013, la CIDH declaró admisible la petición mediante el Informe No. 39/13. En su informe, la CIDH concluyó que era competente para examinar la presunta violación de los artículos en relación con los artículos 4 (derecho a la vida), 8 (garantías judiciales), 13 (libertad de pensamiento y de expresión), y 25(protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 22 de febrero de 2018, las partes suscribieron un acta de entendimiento para iniciar la búsqueda de un acuerdo de solución amistosa—ASA, posteriormente la Comisión facilitó reuniones de trabajo y videoconferencias con las partes y brindó asesoría técnica a las mismas durante el proceso de diseño del ASA, el cual se materializó con la firma del documento final el 16 de agosto de 2019, en la ciudad de Bogotá.

El acuerdo de solución amistosa suscrito, contiene importantes medidas de satisfacción como lo son: i) la realización de un acto de reconocimiento de responsabilidad del Estado, con la participación activa de los familiares de la víctima y sus representantes; ii) la designación de la carretera Jamundí – Robles – Timba bajo el nombre de Gerardo Bedoya Borrero, en reconocimiento a sus valores profesionales y éticos; exaltando de esta forma, sus virtudes personales, patriotismo y sacrificio, iii) el otorgamiento de becas de estudio para alumnos de pregrado del programa de Comunicación Social en la Universidad del Valle, iv) la creación del Premio Honorífico en conmemoración de Gerardo Bedoya Borrero, toda vez que con el fin de honrar la memoria del periodista, el Ministerio de Educación Nacional otorgará anualmente el premio honorifico Gerardo Bedoya, en la ceremonia de “La Noche de los Mejores” al mejor resultado de las pruebas del Saber del programa de periodismo y comunicación social; y v) el compromiso del Estado en el marco de la implementación de las medidas de satisfacción de publicar el acuerdo de solución amistosa una vez homologado por la CIDH.

Por otra parte, la Comisión destaca la inclusión en el acuerdo de solución amistosa de medidas de justicia tendientes al cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de los hechos, con el fin de establecer los reales móviles que rodearon el homicidio del periodista Gerardo Bedoya Borrero, así como también, la inclusión de medidas de compensación económica en el marco de la aplicación de la Ley 288 de 1996, con el propósito de reparar los perjuicios materiales e inmateriales a que haya lugar a favor de los familiares de la víctima. Adicionalmente, en materia de medidas de rehabilitación médica y psicológica el ASA comprende la atención a los familiares de la víctima a través del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de manera adecuada, oportuna y prioritaria, previa manifestación de voluntad por parte de los beneficiarios.

Finalmente, la Comisión valora la apertura de las autoridades del Estado colombiano al diálogo colaborativo y constante con la Sección de Soluciones Amistosas de la CIDH y con la parte peticionaria, para la negociación del acuerdo, e insta a las autoridades correspondientes a cumplir con las obligaciones internacionales derivadas del mismo, hasta lograr el cumplimiento total del acuerdo. Asimismo, la Comisión valora la buena voluntad de la parte peticionaria, representada por la Sociedad Interamericana de Prensa y su trabajo constante en la consecución de un acuerdo que le permita a los familiares de la víctima acceder a una reparación integral.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.