Auditor Especial de Desempeño de la ASF –separado del caso temporalmente-, Agustín Caso Raphael, se reunió con la Comisión de Vigilancia de la ASF

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Ante diputadas y diputados de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación (CVASF), Agustín Caso Raphael, Auditor Especial de Desempeño de la ASF –separado del caso temporalmente-, detalló los resultados de la auditoría 1394-DE denominada “Auditoría a la Suspensión y Cierre del Proyecto del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (Texcoco)” y la metodología para realizarla.

En la reunión con la CVASF, presidida por el diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC), el Auditor Especial sostuvo que al no tener ningún elemento punitivo en los resultados, queda claro que no existe ni existió la intención de imputar alguna conducta ilegal a un ente o a un gobierno.

Apuntó que los resultados de la auditoría fueron ocho, y se puede verificar que en ningún momento se estableció un pliego de observaciones como cuantificación de presunto daño a la hacienda pública; tampoco existe ningún señalamiento a ningún servidor público, ni promoción de sanción por conductas graves ni no graves.

Las recomendaciones, dijo, carecen de ánimo punitivo porque su esencia es recomendar mejores procesos en la acción institucional, para tener una mejor calidad en el manejo del gasto desde su control. “Eso de ninguna manera entraña un ataque a la investidura presidencial ni a un gobierno”.

El Auditor Especial sostuvo que con esta auditoría no se presenta ninguna cifra definitiva que señale un daño materializado, porque el proceso de construcción y cancelación del aeropuerto aún no concluye, sólo se emiten recomendaciones de carácter preventivo, propositivo y de control para la mejora de la gestión.

Manifestó que “no existió dolo o motivación política en el equipo auditor. No vengo a defender a capa y espada una cifra; vengo a poner sobre la mesa las razones por las cuales se presentan, con igual validez, dos ópticas distintas, a explicar los procesos legales en los que habrán de ventilar estas diferencias, pero que no son verdades excluyentes”.

Subrayó que “no es pertinente en este momento procesar, dar una cifra nueva que quiere establecerse como verdad inamovible. Están por procesarse las diferencias y además el valor real, las condiciones de recompra, el diferencial del valor con que se realizó la emisión de los instrumentos financieros aún no se concreta, no es un hecho definitivo.

La auditoría 1394 señala un vacío legal

Caso Raphael indicó que la auditoría 1394 señala un vacío legal al no existir un proceso claro para determinar la valoración de un proyecto de construcción que se suspende o cancela. Por esta razón, refirió que existe un área de oportunidad para que las y los legisladores realicen reformas a la Ley Federal de Presupuesto y de Responsabilidad Hacendaria.

Consideró que es importante superar la falsa disyuntiva sobre dos criterios y enfoques metodológicos, porque ambos tienen sustento constitucional, legal y técnico. “No es la intención pretende imponer una cifra sobre otra, no sólo por su origen y naturaleza distintas, sino porque son hipótesis que se van a materializar cuando concluya el proceso de cancelación del aeropuerto, por tanto, sería inadecuado establecer en este momento cifras definitivas, más aún si el proceso de seguimiento de auditoría se está desarrollando”.

Explicó que los primeros recursos asignados al Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México son del Presupuesto 2014, cuya cancelación del proyecto no ha concluido. “No estamos ante un hecho completamente pagado y cerrado; se trata de un proceso dinámico que tiene un conjunto de escenarios jurídicos, financieros y económicos que pueden concretarse en 26 años”.

Sobre el costo, dijo, que se trata de un estimado, que incluye gastos ya erogados desde 2014 a 2019, así como bonos, contratos pendientes y demandas en proceso. Precisó que los gastos futuros son estimaciones porque los recursos no han sido pagados y algunos instrumentos financieros aún no se han cancelado y la carga financiera que implicará la recompra de bonos se materializará en un futuro.

Cuando se plantea una gran obra se tiene una estimación que cuando se ejecuta puede obligar a modificar los costos a varios años, es probable que la estimación sea otra, y no significa que exista una irregularidad y menos una acusación de corrupción.

La fiscalización se integra por los costos económicos, financieros y legales para el conjunto del Estado. Al mismo diseño de la auditoría aclara que el objetivo no es una revisión de cumplimiento financiero de un año, ni se aboca a verificar el cumplimiento y legalidad con que se manejan los recursos públicos.

En esta auditoría se valoran de forma amplia los tres tipos de costo que inició hace siete años y se presentan proyecciones a futuro, que son estimaciones, que pueden o no concretarse en los años venideros, dijo.

Indicó que se contemplaron dos grandes conceptos en el proceso de cancelación, 163 mil 540 millones de pesos erogados hasta 2019, y 168 mil 455 millones de pesos de costos adicionales.

Las conclusiones tienen un sentido positivo porque señala que en opinión de la ASF los resultados muestran, que en términos generales el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México cumplió con los procesos llevados a cabo para la terminación anticipada de los contratos, comentó.

Se congratuló porque la Secretaría de Hacienda y Crédito Público esté cerca de la mesa de trabajo en que se realizará el seguimiento y aclaración que marca la ley, será un intercambio de opiniones en el que se valorarán costos y fuentes de financiamiento, entre otros elementos técnicos.