Aprueba Congreso garantizar vínculo afectivo entre abuelos y nietos

Metrópoli

El Congreso capitalino aprobó reformar el artículo 416 Bis del Código Civil para el Distrito Federal, para garantizar el vínculo afectivo que existe entre abuelos y nietos, independientemente de las discrepancias surgidas entre los progenitores.

Al exponer el dictamen que avala las modificaciones legislativas, el diputado José Octavio Rivero Villaseñor (MORENA), presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, aseveró que los derechos a la familia de las personas mayores, en particular de la convivencia con sus nietos, se encuentra consagrado en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el 6º de la Carta Magna local.

Sin embargo, es necesaria la reforma a la normativa para atender la problemática que se presenta cuando las familias se disuelven a causa de un divorcio, y se niega la posibilidad de las y los abuelos a disfrutar su tiempo con los nietos, “lo cual menoscaba el derecho integral de la niñez, vulnerando el derecho superior de niñas, niños y adolescentes”, indicó el legislador.

Las y los diputados también aceptaron la reserva propuesta por la congresista Yuriri Ayala Zúñiga (MORENA), que tiene por objetivo “hacer más clara y comprensiva la redacción del artículo 416.

Para quedar como sigue: “Las hijas e hijos que estén bajo la patria potestad de sus progenitores tienen el derecho a convivir con ambos, aún cuando no vivan en el mismo techo.

No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales entre el menor y sus ascendientes. En caso de oposición a petición de cualquiera de ellos, el Juez de lo Familiar resolverá lo conducente previa audiencia del menor, salvaguardando en todo momento, el interés superior de las y los menores.

Los progenitores, tutores o responsables de su cuidado deben evitar actos de manipulación sobre las hijas e hijos menores de edad, que generen rencor, antipatía, desagrado o temor contra los ascendientes.

Para los casos anteriores y sólo por mandato judicial este derecho deberá ser limitado o suspendido, considerando el incumplimiento reiterado de las obligaciones de crianza, peligro para la salud e integridad física, psicológica o sexual de las hijas e hijos”.

Tras la aprobación, el diputado Ricardo Janecarlo Lozano Reynoso (MORENA) promovente de la iniciativa de reforma, señaló que esta propuesta está pensada desde la “abuelidad”, para garantizar que a pesar del distanciamiento familiar se respete el derecho de las personas mayores a convivir con sus nietos.

“Vivimos en un país donde cinco de cada diez niñas y niños se encuentran cuidados por sus abuelas y abuelos, y el lazo que se genera entre ellos es importante y especial”, indicó.